Monday, April 23, 2007

PROPIEDAD INTELECTUAL, PROPIEDAD INDUSTRIAL, LIBERTAD DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SAPI


PROPIEDAD INTELECTUAL.
Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la propiedad intelectual es un tipo de propiedad, esto significa que su propietario o titular puede disponer de ésta como le plazca y que ninguna otra persona física o jurídica podrá disponer legalmente de su propiedad sin su consentimiento.

La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.


PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Al tratarse de un tipo de propiedad intelectual, ésta guarda una estrecha relación con creaciones del ingenio humano como las invenciones y los dibujos y modelos industriales. Las invenciones se constituyen como soluciones a problemas técnicos y los dibujos y modelos industriales son las creaciones estéticas que determinan la apariencia de productos industriales. Además, la propiedad industrial incluye las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, los nombres y designaciones comerciales, incluidas las indicaciones de procedencia y denominaciones de origen, y la protección contra la competencia desleal. Aquí, la característica de creación intelectual -aunque existente-, es menos prominente, pero lo que importa es que el objeto de la propiedad industrial consiste típicamente de signos que transmiten una información a los consumidores, concretamente en lo que respecta a los productos y los servicios que se ofrecen en el mercado, y que la protección va dirigida contra el uso no autorizado de tales signos, lo cual es muy probable que induzca a los consumidores a error, y contra las prácticas engañosas en general.


PATENTE.
Es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento. El derecho otorgado por una Patente no es tanto el de la fabricación, el ofrecimiento en el mercado y la utilización del objeto de la Patente, que siempre tiene y puede ejercitar el titular, sino, sobre todo y singularmente, "el derecho de excluir a otros" de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.

En Nuestro País el Marco Jurídico que Regula las Patentes son:
-La Constitución de la República bolivariana de Venezuela.
-Ley de Propiedad Industrial de 1955.
-Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones.
-Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Industrial.
-Ley de protección para la libre competencia.

Modalidades de Protección para las Inversiones:
1.- La Patente de Inversión: Consiste en la protección que se le otorga a la persona que inventa un producto o procedimiento de cualquier rama tecnológica
Su lapso de duración es de 20 años.

2.- La Patente de Modelo de Utilidad: Consiste en otorga protección a quien desarrolle una nueva forma o disposición de elementos de algún artefacto, herramienta o cualquier otro instrumento para que su funcionamiento sea mejor.
Su lapso de duración son 10 años. Para ambos casos los lapsos son contados desde el momento en que se solicita la patente.


DERECHO DE AUTOR.
Este guarda relación con las creaciones artísticas, como los poemas, las novelas, la música, las pinturas, las obras cinematográficas, etc. La expresión "derecho de autor" hace referencia al acto principal, respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado por el autor o bajo su consentimiento (derecho patrimonial). Ese acto es la producción de copias de la obra literaria o artística, como un libro, una pintura, una escultura, una fotografía, una película y más recientemente contenidos digitales. La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos de los autores), hace referencia a los derechos de la persona creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su creación (derechos morales), por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer otras personas (derecho patrimonial concedido a un titular), por ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.


LIBERTAD DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
En cuanto a la propiedad industrial actualmente se encuentra en boga, ya que es de interés público y tiene como finalidad la protección individual a la creación y la salvaguardia del acceso y divulgación de la tecnología, el derecho a la inversión y la producción y el hecho de que todo ciudadano tiene derecho a la participación, acceso y recepción de conocimientos tecnológicos y culturales a través de los servicios de información brindados por el Estado de conformidad con la normativa de propiedad industrial.


PATENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
Es el impuesto que cobra el Municipio a las personas naturales o jurídicas que ejercen actividades comerciales, industriales, bursátiles o de servicios de carácter comercial y otras contemplados en el Clasificador de Actividades económicas de la Ordenanza respectiva, en relación al monto de las ventas brutas, u otra operaciones efectuadas durante el ejercicio económico o también puede ser la tarifa mínima de carácter obligatorio que cobra la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria. Los contribuyentes a este impuesto deben tener en la entrada de su local de manera visible la Patente de Industria y Comercio.


LIBRE COMPETENCIA.
Es la posibilidad que tiene cualquier persona de participar en determinada actividad económica como oferente o demandante, con libertad de decidir cuándo entrar y salir de un mercado sin que exista nadie que pueda imponer, individual o conjuntamente, condiciones en las relaciones de intercambio.


LEY PARA PROMOVER Y PROTEGER EL EJERCICIO DE LA LIBRE COMPETENCIA.
Publicada en la Gaceta Oficial Nº 34.880 del 13 de enero de 1992,
Su Objeto principal según el Art. 1 "promover y proteger el ejercicio de la libre competencia y la eficiencia en beneficio de los productores y consumidores y prohibir las conductas y prácticas monopólicas y oligopólicas y demás medios que puedan impedir, restringir, falsear o limitar el goce de la libertad económica".


SAPI. SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
Ente adscrito al Ministerio de Producción y Comercio, fue creado según Decreto Presidencial Nº1768, el 25 de marzo de 1.997La creación del SAPI ha permitido unir bajo una misma organización la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor. Esta fusión ha hecho posible agilizar y optimizar el proceso de registro, protección y difusión de las creaciones del intelecto humano bajo los diversos esquemas que operan actualmente en el Sistema Venezolano de Propiedad Intelectual.

OBJETIVOS DEL SAPI
Para contribuir al logro de su misión, el SAPI a establecido una serie de objetivos entre los más importantes están los siguientes:

- Promover la inventiva nacional.
- Combatir la Piratería en el mercado.
- Garantizar la concesión efectiva de los derechos de Propiedad intelectual.
- Incentivar la creación intelectual protegiendo el Derecho de Autor sobre las obras.

SERVICIOS DEL SAPI
Entre los principales servicios que ofrece el SAPI están los siguientes:
- Registro de Marcas.
- Otorgamientos de Patentes de invención y Modelo de Utilidad y Registro de Diseños Industriales.
- Registro de obras.


Fuentes Consultadas:
- www.sapi.gob.ve
- www.es.wikipedia.org
- www.producto.com.ve

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