Tuesday, April 3, 2007

CONSTITUCION DE LAS EMPRESAS


Aspectos Legales Referentes a la Constitución de las Empresas
Las Empresas constituyen un ente económico conformado básicamente por personas, que permite la toma de decisiones sobre la utilización de los factores de producción de bienes y servicios y representa una actividad constantemente organizada por el ser humano involucrando trabajo diario, labor común y esfuerzo para lograr el fin determinado.

Existen dos tipos de Empresas:

1. Unipersonales: constituidas por un único empresario o propietario que responde por sus negocios. Es decir, el propietario es una sola persona que opera en su propio beneficio la firma es generalmente pequeña como por ejemplo: un taller de automóviles, una zapatería entre otras.

2. Las Sociedades: agrupación natural o pactada de dos o más personas mediante la mutua cooperación en dinero, bienes o industrias, con el fin de realizar actividades lucrativas, que permitan repartir entre sí las ganancias. Las Sociedades deben cumplir con los requisitos básicos para su creación los cuales son:
- Capacidad jurídica.
- Patrimonio.
- Domicilio.
- Denominación social.

Tipos de Sociedades:

1. Sociedades Civiles: agrupaciones de personas cuyo fin es la realización de actividades económicas no comerciales, y obtienen personalidad jurídica cuando protocolizan el Contrato de Sociedad en la oficina de Registro Subalterno, se rigen por las disposiciones del Código de Civil, dentro de esta categoría encontramos, fundaciones, organizaciones no gubernamentales entre otras.

2. Sociedades Mercantiles: agrupaciones de personas cuyo fin es la realización de actos de comercios y que para estar legalmente constituidas deberán registrar el acta constitutiva y los estatutos ante un Registro Mercantil. Se rigen por las disposiciones del Código de Comercio al perseguir un fin lucrativo.

Tipos de Sociedades Mercantiles:
El Código de Comercio distingue en el articulo 201 cuatro tipos de sociedades:

- Las Compañías en Nombre Colectivo: sus obligaciones están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos sus socios.
- La Compañía en Comandita: sus obligaciones están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios, llamados comanditantes. Y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios, llamados comanditarios.
- Las Compañías Anónimas: sus obligaciones están garantizadas por un capital determinado. Así, los socios están obligados a responder solo por el monto de sus acciones.
- Las Compañías de Responsabilidad Limitada: sus obligaciones están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación pertenecientes a cada socio.



CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS

Para constituir una empresa legalmente en Venezuela se deben considerar los siguientes pasos:

- Elección de la forma societaria: se refiere a la adopción de la forma de sociedad que mejor se adapte a la naturaleza y concepción del negocio previo acuerdo de voluntades entre las personas que desean formar dicha sociedad.
- Contratación de un Abogado: se refiere a la escogencia del profesional del derecho que nos servir
- Reserva del Nombre: escogencia del nombre o denominación social de la empresa.
- Redacción del Acta Constitutiva: se refiere al documento de creación de la empresa, con información de sus socios, su estructura patrimonial y dirección donde se presume llevará a cabo sus actividades.
- Acudir a la institución financiera: luego de que se ha escogido la forma de sociedad y el nombre de la empresa, debe acudirse al banco para la apertura de una cuenta a nombre de la empresa.
- Aporte de capital por parte de los socios: dicho aporte puede ser realizado a través de una determinada suma de dinero; o bien, entregando bienes materiales que pasarían a formar parte de la empresa. Este aporte representa para cada socio acciones (C.A) o cuotas de participación (S.R.L).
- Visado del Documento Constitutivo por parte del Abogado.
- Contratación del Comisario.
- Presentación del Acta Constitutiva y Pago de Aranceles en el Registro Mercantil: El abogado junto a los socios llevan el acta constitutiva al registro para su presentación legal y pago de aranceles correspondientes a la constitución formal de la empresa.
- Publicación del Acta Constitutiva en prensa una vez inscrita la empresa.
- Adquisición de los Libros de Contabilidad y emitir el sellado de estos en el Registro Mercantil: En cuanto a los libros que las empresas deben llevar: El Código de Comercio, en sus artículos 32-35 expresa cuáles son los libros obligatorios para llevar la contabilidad de las empresas, y cómo deben ser llevados. En este sentido tenemos:
- El libro diario
- El libro mayor
- El libro de inventarios
Otros libros que las empresas deben llevar son:
- El libro de actas
- El libro de Accionistas
- Libros auxiliares

Por otro lado, las empresas llevan libros fiscales en los cuales se encuentra toda la información relacionada al pago de impuestos (declaración de IVA) y otros efectos tributarios, tales como:
- El libro de ventas
- El libro de compras
- Libro de control de entradas y salidas de inventarios
- Declaración de IVA- Impuesto

- Inscripción en el Registro Único de Información Fiscal (RIF)
- Inscripción de la Empresa y Trabajadores en el Seguro Social Obligatorio.
- Solicitud de Patente de Industria y Comercio.
- Inscripción en el INCE.
- Pago de las obligaciones derivadas de la Relación de Trabajo.

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